¿Software Patentado?
Por Federico Heinz
Este texto es un anticipo del próximo libro de Fundación Vía Libre sobre "Monopolios Artificiales sobre Bienes Intangibles".
Existe una gran confusión acerca del marco jurídico bajo el que se distribuye y produce software, confusión de la que el concepto de “propiedad intelectual” no es completamente inocente: mucha gente sólo tiene una conciencia general de que tal o cual programa es “propiedad intelectual” de cierta persona o corporación, y no le queda claro si dicha “propiedad” es un derecho de autor, de patente, de marca, contractual, o qué. Así, muchas personas piensan que los programas de computadora están cubiertos por patentes, aún cuando en la mayoría de los países (en particular, en casi todos los países de América Latina) están explícitamente excluidos de la posibilidad de ser patentados.
Esta confusión entre patentes y derechos de autor, así como sobre qué es patentable y por qué, es funcional a algunas grandes corporaciones que se han propuesto pervertir el sistema de patentes de tal manera que sirva como un mecanismo para prohibir por ley la competencia con sus propios productos, y muy especialmente la competencia por parte del Software Libre.



