Un decreto no puede limitar el acceso a la información pública

Comunicado. Megafonos.

El viernes 30 de agosto el Poder Ejecutivo Nacional publicó el decreto 780/2024 que modifica la reglamentación de la Ley de Acceso a la Información Pública e implica un retroceso en los derechos adquiridos de la ciudadanía. 

El derecho de acceso a la información pública es el derecho que tiene toda persona a buscar y recibir información en manos del Estado, lo cual fortalece la participación ciudadana, la gobernabilidad, la transparencia y consolida la democracia.

Este derecho se encuentra garantizado por la Constitución Nacional, en tratados internacionales como la Declaración Universal de Derechos Humanos y del Pacto de San José de Costa Rica y a través de la Ley de Acceso a la Información Pública aprobada en el Congreso Nacional en el 2016.

Allí se establece que la ciudadanía puede “buscar, acceder, solicitar, recibir, copiar, analizar, reprocesar, reutilizar y redistribuir libremente la información bajo custodia de los sujetos obligados”. Por ejemplo, cualquier ciudadano puede pedir información sobre el Poder Judicial de la Nación, el Banco Central, las empresas y sociedades del Estado, licenciatarios de servicios públicos, etc. En relación a los hechos más recientes en nuestro país, sin este recurso no hubiésemos podido tener acceso como ciudadanía al registro de ingresos a la Quinta de Olivos durante el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio que expuso al expresidente Alberto Fernandez.

 

La crítica al decreto y el rechazo de la sociedad civil 

 

Más de 60 organizaciones de la sociedad civil nos expresamos ante este hecho en un comunicado conjunto.

Un Decreto reglamentario no puede limitar el derecho de acceso a la información pública en contradicción con el alcance de la propia Ley de Acceso a la Información votada por el Congreso de la Nación en 2016.

Las excepciones establecidas por la Ley 27.275, que habilitan la negativa estatal a brindar la información solicitada, están lejos de lo reglamentado por el Poder Ejecutivo Nacional. El Decreto mencionado amplía la información que queda por fuera del interés público, amplía el secreto y aporta discrecionalidad al dejar en manos de los funcionarios/as públicos/as la definición sobre lo que es un documento público y qué información puede ser considerada de la esfera privada de las autoridades, dándoles una especial protección.

El Decreto 780/24 implica una seria regresión en materia de interpretación del derecho de acceso a la información a la luz de los estándares internacionales de derechos humanos y lucha contra la corrupción y genera un marco normativo discrecional por el cual las definiciones políticas del gobierno y las decisiones subjetivas de los funcionarios/as primarían por sobre el derecho de acceder a información en manos del Estado.

Solicitamos al Poder Ejecutivo Nacional que deje sin efecto este Decreto y se garantice el pleno acceso a la información pública.

La importancia del acceso a la información para nuestro trabajo en Via Libre 

El derecho de acceso a la información pública es un pilar fundamental del derecho a la libertad de expresión. Además, facilita el ejercicio de otros derechos dado que, a través de la información adecuada, se pueden mitigar riesgos y promover mejoras en áreas como la salud, la educación, entre otras. Por lo tanto, las solicitudes de acceso a la información pública constituyen un instrumento valioso para fomentar políticas públicas y defender los derechos fundamentales de la ciudadanía.

En Vía Libre utilizamos este instrumento de forma frecuente para la realización de consultas relacionadas con nuestra misión. Por ejemplo, hemos hecho pedidos de acceso a la información para averiguar sobre la adquisición de software y otras “soluciones tecnológicas”. Recientemente, pedimos a Bullrich que informe de qué manera hará vigilancia masiva a los ciudadanos tras la publicación de la resolución 710/2024 que crea la Unidad de Inteligencia Artificial Aplicada a la Seguridad (UIAAS).

Mediante este decreto, el Poder Ejecutivo nacional agrega un velo de opacidad y pone a voluntad de los funcionarios la apertura de la información de los actos de Gobierno, lo cual genera un retroceso en los derechos de la ciudadanía. 

 

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