¿Recuperar para quién? El INAMU y la compra del catálogo de Music Hall

Cuando se aprobó la Ley de la Música que dio origen al INAMU, desde Fundación Vía Libre advertimos los problemas que implicaba la creación del INAMU. En efecto, se trataba de una enorme transferencia de recursos del sector público a un ente autárquico para que generara programas y proyectos que derivaban en muchos casos en beneficios privados, a través de los mecanismos de la ley de propiedad intelectual. En la medida en que el INAMU no tenía ninguna obligación de contraprestación por los fondos públicos recibidos, podía (y de hecho, puede) financiar programas para los músicos que derivaran en, por ejemplo, la producción de un fonograma, sin que ese fonograma esté a disposición del público de manera libre y gratuita, a pesar de que pagó por él con sus aportes al Estado.

Ayer finalmente se publicó la noticia que muestra de manera más lapidaria la enorme transferencia de recursos públicos, puestos al servicio del beneficio privado. El anuncio consistió en la “recuperación” del catálogo de Music Hall. Según anuncia el INAMU en diversas notas en medios periodísticos, como Página/12 y La Nación y en su propio sitio web, la recuperación se logró mediante un acuerdo económico de 2.700.000 de pesos. En efecto, el INAMU pagó de los recursos generados por fondos públicos para recuperar los derechos de productor fonográfico del catálogo de Music Hall, para luego trasladarlo nuevamente al sector privado.

El INAMU afirmó en su sitio web que “no recibirá ningún monto de lo que estas reediciones generen comercialmente, pero se reserva el derecho a percibir los importes que se liquiden por comunicación pública en las sociedades de gestión colectiva que representan a los productores fonográficos.” El resto de los derechos volverán a quienes Eduardo Fabregat menciona en su nota de Página/12 como “dueños naturales”, es decir, los músicos.

Lo cierto es que la situación dista enormemente de ser así. Por un lado, porque que el Estado haya tenido que pagar semejante cantidad de dinero para recuperar un catálogo prueba una vez más la ineficacia de la propiedad intelectual para generar mecanismos de incentivo a la publicación de nuevas obras o a la publicación de obras ya existentes de enorme valor para el patrimonio cultural. Tras la quiebra de Music Hall, esos derechos quedaron en “el limbo”, pero si en vez de los 70 años de monopolio post-publicación (extendidos a la sazón en 2009) sobre fonogramas tuviéramos plazos razonables, estos fonogramas hubieran visto la luz del dominio público hace mucho tiempo. El Estado no tendría que incurrir en semejante carga onerosa para liberarlos del laberinto legal en que quedaron, y el público se vería beneficiado teniendo la posibilidad ya sea de reeditar esas obras o bien de ponerlas a disposición de manera legal y gratuita en Internet.

Pero, aún más, es incomprensible que se utilicen fondos públicos para luego devolverle esos derechos a los músicos -titulares privados- que, a la postre, son músicos con suficiente capacidad económica para comprar esos derechos por su cuenta (Gustavo Santaolalla, Charly García, Nito Mestre, Porchetto, no parecieran ser precisamente los músicos más necesitados en el circuito musical actual). En efecto, la transferencia de recursos públicos para beneficios privados no sólo no redunda en beneficio público, sino que además beneficia al porcentaje de músicos mainstream que ya cobran cuantiosas sumas en conceptos de regalías a través de los mecanismos de gestión colectiva.

Un argumento posible es que “ahora los discos volverán a reeditarse”. Primero, esto es aventurar conclusiones sobre cuál será el destino de esos discos. Algunos se reeditarán, pero es posible que muchos otros no, y sigan en la misma situación en la que estaban antes de que el INAMU adquiriera los derechos. Pero lo que es más grave es confundir el hecho de que los discos estén disponibles en el mercado con un beneficio público. El beneficio público es que la ciudadanía pueda ejercer su derecho de acceder a la cultura sin necesidad de acceder al mercado: en efecto, se trata de dos actividades de órdenes e índoles muy diferentes.

En esta situación, el INAMU compró los derechos con fondos públicos, los transfirió a nuevos titulares -privados- para que los reediten y, en el mejor de los casos, vuelvan a colocarlos en el mercado, pero la ciudadanía no obtuvo ningún derecho, ni se vio mejorada su situación de acceso al patrimonio cultural respecto de la situación anterior. Esos fonogramas no estarán disponibles en Internet, no serán de libre descarga ni de uso gratuito, y quedarán de nuevo bajo la mano de quienes creen, erradamente, que la cultura tiene dueños naturales.

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