A partir de que Chile aprobara un proyecto de defensa de la Neutralidad de la Red, varios legisladores argentinos han tomado cartas en el asunto. Esta es la razón por la cual ya hay varios proyectos en el congreso argentino, tanto en el senado como en diputados. Sabemos que hay otros proyectos en borrador que aún no fueron ingresados al trámite parlamentario y por lo tanto no figuran en las bases de datos del Senado y Diputados, por lo que por el momento sólo nos vamos a ocupar de los que ya están publicados para su deliberación.
Proyecto de la Diputada Ivana Bianchi (Peronismo Federal, San Luis)
Bajo el nro. de expediente 0744-D-2011 la diputada representante del Peronismo Federal de San Luis, Ivana Bianchi presentó una propuesta para consagrar el principio de neutralidad de la red a nivel nacional.
Articulo 1.- Incorporase a la legislación nacional vigente el “Principio de Neutralidad en la Red” el cual esta basado en la prohibición a los proveedores de Internet de discriminar entre usuarios, la persecución de contenidos, páginas y programas y el bloqueo de acceso de particulares o empresas, a determinados espacios. por ser popular o influyente frente a otra pagina.
Articulo 2º El objetivo del presente proyecto de ley es transparentar los servicios de Internet y proteger al usuario.
Articulo 3º Se consideran concesionarias de servicio publico de telecomunicaciones que presten servicio a los proveedores de Internet, ah toda persona natural o jurídica que brinde servicios comerciales de conectividad entre los usuarios de redes e Internet.
Articulo 4º Estos no podrán arbitrariamente bloquear , interferir , discriminar entorpecer ni restringir el derecho de cualquier usuario de Internet para utilizar , enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido , aplicación o servicio jurídico a trabes de Internet.
(NdE: los errores de ortografía están incorporados en el proyecto original).
Proyecto de la Diputada Nélida Belous (P. Social Patagónico. Tierra del Fuego)
El segundo proyecto conocido de Neutralidad de la Red fue presentado por la Diputada fueguina Nélida Belous, bajo el nro. de expediente 1159-D-2011. En su articulado, el proyecto indica que:
ARTÍCULO 1.- Las empresas ISP (Internet Service Provider), que comprenden a toda persona natural o jurídica que preste servicios comerciales de conectividad entre los usuarios o sus redes e Internet, y todas las empresas que brinden conectividad a los proveedores de acceso a Internet:
a) no podrán arbitrariamente bloquear, interferir, discriminar, lentificar, suspender, ni restringir la utilización, el envío, la recepción o el ofrecimiento de cualquier contenido, aplicación o servicio legal a través de Internet por parte de cualquier usuario de este servicio, así como cualquier otro tipo de actividad o uso legal realizado a través de la red.
b) no podrán limitar el derecho de los usuarios de incorporar o utilizar cualquier clase de instrumentos, dispositivos o aparatos en la red, siempre que sean legales y que los mismos no dañen ni perjudiquen la red o la calidad del servicio.
c) podrán tomar las medidas o acciones necesarias para la gestión de tráfico y administración de red, en el exclusivo ámbito de la actividad que les ha sido autorizada, siempre que ello no tenga por objeto realizar acciones que afecten o puedan afectar la libre competencia. Asimismo, podrán bloquear el acceso a determinados contenidos, aplicaciones o servicios, sólo a pedido expreso del usuario, y a sus expensas. En ningún caso, este bloqueo podrá afectar de manera arbitraria a los proveedores de servicios y aplicaciones que se prestan en Internet.
ARTÍCULO 2.- Todos los ISP deberán publicar en su sitio web toda la información relativa a las características del acceso a Internet ofrecido, su velocidad (tanto de bajada como de subida), calidad del enlace, diferenciando entre las conexiones nacionales e internacionales, así como la naturaleza y garantías del servicio.
Proyecto de la Senadora Graciela Di Perna (Frente por la Integración, Chubut)
La Senadora Di Perna, a través del expediente S-1491/11, presentó un proyecto de Neutralidad de la Red, que, en términos muy sintéticos indica:
Artículo 1o.- Las prestadoras de servicio de telecomunicaciones y proveedores que presten el servicio de acceso a Internet, no podrán;
bloquear, interferir, discriminar, entorpecer ni restringir el derecho de cualquier usuario de Internet para utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido, aplicación o servicio legal a través de Internet, así como cualquier otro tipo de actividad o uso legal realizado a través de la red. Estará prohibido establecer jerarquías o prioridades en la información o servicios en Internet. No podrán perjudicar la calidad de servicio contratado a través de medidas de gestión de tráfico. Los usuarios podrán tener acceso a todo el contenido sin la
intermediación de los proveedores de acceso a Internet.Artículo 2o.- Las prestadoras de servicio de telecomunicaciones deberán ofrecer a cada usuario un servicio de acceso a Internet o de
conectividad al proveedor que no distinga arbitrariamente contenidos, aplicaciones o servicios.
Otras iniciativas
Sabemos de la existencia de otros borradores de proyectos, tal como anunció la Senadora Estenssoro en una reciente reunión organizada por el Centro de Estudios de Libertad de Expresión de la Universidad de Palermo junto con la Asociación por los Derechos Civiles. Este proyecto no se encuentra disponible todavía en la web del senado, por lo que entendemos que no ha iniciado el trámite parlamentario correspondiente.
Un aspecto fundamental de estos proyectos es que la neutralidad de la red sea consagrada y garantizada en Argentina sin que medien excepciones para los proveedores de conectividad móvil, principales impulsores de pautas que los excluyan del deber de cumplir con la neutralidad de la red. Por otro lado debemos velar por una normativa que incluya multas a los proveedores de servicios que no respeten este principio así como por mecanismos que permitan a los ciudadanos y consumidores monitorear el servicio que los proveedores de internet ofrecen. Ante un mercado de altos niveles de concentración como el de los proveedores de Internet, es indispensable dotar a los consumidores de herramientas de control y denuncia que les permitan velar por el acceso pleno y neutral a las redes, sin excepciones, tanto en conectividad física como en servicios móviles.