Derechos Humanos y Propiedad Intelectual. Cultura y Acceso a Información

En el marco del Seminario de Derechos Humanos y Propiedad Intelectual, el Eje II tendrá lugar el viernes 25 de noviembre, de 12:30 a 14:30 en la FLACSO Argentina.

Eje II: Cultura, Nuevas tecnologías y propiedad intelectual

“Las nuevas tecnologías de información y comunicación han abierto un espectro enorme de posibilidades para la cultura, la creación, la educación y la cohesión comunitaria”1.

Estas tecnologías digitales, cuya función esencial es manipular y reproducir información en diferentes formatos, están cada día al alcance de más personas y se vuelven más dúctiles, sencillas de usar y su costo tiende a la baja permanentemente en un mercado muy competitivo.

Sin embargo, estas potencialidades tensionan el esquema legal vigente al liberar a la ciudadanía prácticas antes vedadas por los entornos tecnológicos pero hoy habilitadas y facilitadas por la digitalización, tales como la conservación de archivos, la multiplicación de obras a un costo ínfimo, la redistribución a través de redes de pares y sitios de internet, la posibilidad de crear nuevos tipos de obras (remix o mashup) o construir obras colectivas de manera distribuida.

Estas prácticas propias del siglo XXI, en las que se desdibujan las formás clásicas de las industrias culturales del siglo XX (producción, distribución y consumo) son el eje de análisis que tiene como punto de partida la tensión vigente entre los diferentes derechos culturales establecidos en el artículo 27 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el artículo 15 del Pacto Internacional de Derechos Sociales, Económicos y Culturales.

En efecto, ambos instrumentos, con rango constitucional en Argentina, abordan los derechos culturales desde una perspectiva de equilibrio entre los derechos de los autores e inventores al reconocimiento de “los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora” así como el derecho de toda persona a “tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten”2.

La tensión que se expresa en las dos declaraciones sin embargo se resuelve de manera asimétrica en las legislaciones nacionales que dan cuenta de las mismas. Mientras que los derechos de autores y derechohabientes están operacionalizados en la normativa vigentes mediante el otrogamiento de un monopolio de explotación de la creación, no existe una normativa operativa a nivel nacional que haga lo propio con el derecho a la cultura. Por ello, encontramos que la tensión ha sido resuelta por el momento mediante una protección asimétrica a favor de la protección de la propiedad intelectual de las industrias culturales y en desmedro de la garantía de acceso y libre participación en la cultura para la ciudadanía3.

Temas particulares

  • ¿Como es la visión de esta tensión para los diferentes actores?
  • ¿Despenalización de la copia por Internet?
  • ¿Legalización de la copia privada y otras excepciones no previstas en la ley 11723 (usos honestos)?
  • ¿Excepciones para bibliotecas y centros educativos?
  • Acceso a la información, libertad de expresión y control de internet.
  • Posibles roles de la tecnología en al resolución de la tensión derecho del creador y derecho del usuario.
  • Sistemas técnicos de restricción de copia.

Datos de la sesión:
Viernes 25 de noviembre de 12:30 a 14:30 horas en FLACSO-Argentina
Moderación: Patricia Ferrante

  1. Alonso, Rodrigo (2009) “Tu computadora es un campo de batalla. Tensiones tecnológico­ político­ culturales en la era de las TIC”, en ¿Desea guardar los cambios?, Centro Cultura España Córdoba. Pag. 44 []
  2. Declaración Universal de los Derechos Humanos. Artículo 27. Disponible en http://www.un.org/es/documents/udhr/index.shtml#a27 (visitado el 1 de noviembre de 2011) []
  3. Correa, Carlos (2009) “Acceso a la cultura y derecho de propiedad intelectual: la búsqueda de un nuevo equilibrio” en “Desea Guardar los Cambios?”, Centro Cultural España Córdoba, p 140. []

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