La revista Information Technology publicó hoy un artículo sobre la entrada al dominio público de la obra de Roberto Arlt en Argentina.
Todos los primeros de enero varias obras entran a formar parte del dominio público. Esto quiere decir, que cualquier persona puede hacer uso del producto sin tener que pagar derechos. De esta manera, un usuario puede poner una canción de dominio público en su blog o subir un texto de algún autor que también haya entrado en este grupo. Este año obras de Roberto Arlt y Miguel Hernández, entre otros estarán disponibles para todo el mundo de manera libre, por lo que probablemente veremos en varios sitios de literatura pdfs o ebooks para descargar El juguete rabioso, entre otras novelas
En la Argentina, la propiedad intelectual tienen vigencia por 70 años a partir del primero de enero del año siguiente a la muerte del autor, según dispone el artículo 5 de la ley 11723. Los desarrolladores de software también entran en este segmento, tanto sean personas físicas o jurídicas.
Las personas jurídicas que cuentan con derechos de autor serán dueños del mismo por 50 años desde su publicación.
En relación al mundo de la música, el artículo 5 bis de la ley 11723 sostiene que la propiedad intelectual de una obra “fijada en fonograma” pertenece a los artistas intérpretes por 70 años a partir del 1 de enero del año siguiente a su publicación, para los autores de la obra el plazo es el mismo pero a partir del 10 de enero del año siguiente a su publicación. Para el ambiente de la fotografía, la duración del derecho es de veinte años a partir de su publicación.
El artículo cita a continuación un trabajo guía hacia el dominio público en Argentina que indica por tipo de obra y alcance de los derechos, cuándo y cómo ingresan las obras autorales al dominio público en nuestro país.
Guía del dominio público en la Argentina