SGAE debe sacar las manos de los bolsillos de los autores copyleft

Mientras que el Poder Legislativo español se alinea claramente con la agenda de las corporaciones de medios, sancionando gravámenes abusivos como el Canon Digital, el poder judicial de ese país hace gala de mucho más sentido común. Fallos de jueces españoles han establecido, por ejemplo, que en ese país es legal compartir archivos sin fines de lucro por redes P2P. Ahora, otro juez ha decidido que la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) de España sólo tiene derecho a cobrar regalías por obras de autores asociados a ella o alguna de sus organizaciones representadas.

Esto es muy importante: al igual que la vernáculas SADAIC, AADI y sus amigas, SGAE tiene por costumbre cobrar derechos de autor aún por obras cuyos autores han publicado bajo licencias que no las requieren. El nuevo fallo dice claramente que SGAE no tiene derecho a erigirse en representante de todos los autores, compositores e intérpretes, sino sólo de aquellos que hayan delegado en ella esa representación. Así, si un bar toca un 20% de música de autores que no están en SGAE o en alguna gestora colectiva asociada a ésta, SGAE sólo tiene derecho a cobrar el 80% de las regalías.

En todo caso, queda claro que las gestoras colectivas, al menos en España, no son las dueñas de toda la música.

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